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Temas:  empleo,

Navarra suma 64 ERE de reducción de jornada hasta abril, casi los mismos que en todo 2011

El número de trabajadores afectados supera los 400 por los 363 en todo el año pasado. Después de aprobarse la reforma laboral en febrero, la Comunidad Foral ha contabilizado 54 expedientes de este tipo.

11 de junio de 2012

Diario de Noticias


Navarra ha registrado en los primeros cuatro meses del año 64 expedientes de regulación de empleo (ERE) de reducción de jornada, una cifra que casi iguala los 70 aplicados en todo 2011, según el Instituto de Estadística de Navarra.

54 de los ERE presentados este año se han hecho después de aprobarse la reforma laboral en febrero. Así, el número de trabajadores que ha visto reducida su jornada laboral en los primeros meses del año ha superado a los que padecieron este tipo de expediente en todo 2011: más de 400 hasta abril por los 363 el año pasado.

Con esta clase de ERE, disminuye la jornada diaria de cada empleado (por ejemplo de siete horas a cinco), pero este no se ausenta ningún día de la semana de su puesto de trabajo como sucede con los ERE de suspensión de contratos. En estos últimos, el asalariado deja de ir días a la empresa, por ejemplo, de los cinco días de la semana, trabajar tres y quedarse en casa dos. Con el ERE de reducción, la empresa descuenta de la nómina del empleado las horas que tiene que dejar de ir a trabajar. De esta forma, el salario queda reducido y la única vía que tiene el trabajador para conservar una nómina semejante a la que disponía anterior al ERE es complementarla con su bolsa de prestación por desempleo.

Tras cuatro años de crisis, las empresas comenzaron a usar este tipo de expediente en 2011, y de forma masiva han continuado en 2012.

¿Cuál ha sido el cambio en los ERE?

Antes y ahora

Hasta finales de 2010, cada día de reducción de jornada se contabiliza como un día de prestación, es decir, que por varias horas sin trabajar, el antiguo Inem descontaba al afectado un día de su paro. Por ejemplo, por dos horas de ERE un día, el Inem abonaba al afectado un día de paro. Esto provocaba que el empleado consumía muy rápido su prestación.

Hace año y medio, el Gobierno de Zapatero cambió la manera de calcular la prestación por desempleo en los ERE de reducción de jornada y ahora se tiene que acumular un número determinado de horas para cobrar un día de prestación.

Esto significa que, por ejemplo, el Inem ya no contabiliza dos horas de reducción de jornada como uno de prestación. Ahora con una simple regla de tres, una persona puede calcular cuántos días de prestación le corresponden por su reducción de jornada mensual. Por ejemplo, si la empresa comunica a un trabajador que le va a disminuir su jornada un 20%, para calcular cuánta prestación supone ese porcentaje, debe hacer una regla de tres con el total de días del mes. En el caso de junio, saldrían seis días de prestación.

Desde que cambió la normativa, las empresas comenzaron a utilizar más esta clase de ERE, principalmente, los negocios con horarios fijos (sector servicios, comercio, secciones determinadas dentro de las organizaciones como oficinas, etc). Esta característica, el recrudecimiento de la crisis económica y la aprobación de la reforma laboral explican por qué en los primeros cuatro meses se ha presentado prácticamente el mismo número de ERE de reducción que en todo 2011.

A continuación, se exponen algunas aclaraciones a las dudas que pueden surgir a trabajadores afectados por ERE de reducción de jornada.

Cobrar del inem

¿Cómo calculo mi base reguladora para obtener la prestación por desempleo?

Para saber cuál es la prestación que puede cobrar un trabajador por el Servicio Público de Empleo Estatal, debe calcular su base reguladora. Para ello debe sumar las últimas seis nóminas anteriores a la fecha de aplicación del ERE.

Por ejemplo, si un trabajador cobra 2.000 euros brutos, debe multiplicar esta cifra por seis, y el resultado de esta operación lo tiene que dividir entre los últimos 180 cotizados a la Seguridad Social. Siguiendo con este ejemplo, el trabajador tendría una base reguladora de 66,6 euros. El importe diario de la prestación por desempleo supone el 70% de la base reguladora durante los primeros seis meses de dEREcho y el 60% a partir de dicho periodo. Es decir, con este ejemplo, los 66,6 euros de base reguladora hay que multiplicarlos por 70 y dividirlos entre 100, lo que da un dEREcho de prestación de 46,62 euros.

En teoría a este trabajador le correspondería la cantidad indicada. Pero, hay que especificar que el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) establece unos topes de prestación diarios y mensuales de acuerdo a si la persona afectada no tiene hijos, tiene uno o tiene dos o más. Las bases reguladoras de 2012 del antiguo Inem establecen que si una persona no tiene hijos el tope que puede cobrar es de 36,24 euros; con un hijo, 41,42 euros; y con dos o más, 46,59.

Siguiendo con el ejemplo, el paro que le quedaría al afectado por el ERE es de 46,62 euros, pero como supera todos los máximos, el trabajador cobraría el tope del SPEE de acuerdo a su caso particular. Si el trabajador no alcanza dichos topes, cobrará la cantidad que salga al calcular su base reguladora, no más.

Sin embargo, a la cantidad de prestación que le corresponde a cada trabajador hay que restarle la cuota obrera porque en esta situación también se sigue aportando a la Seguridad Social.

¿Cómo se calcula? Para ello hay que tomar como refEREncia la base reguladora, de acuerdo con el ejemplo, los 66,6 euros, y hacer una regla de tres con un porcentaje concreto: 6,35%. El resultado que sale de esta operación se le denomina cuota obrera, y un 65% de la misma la cubre el trabajador y un 35% el antiguo Inem. La cuota obrera del ejemplo propuesto en estas líneas ascendería a 4,22 euros. Así que de los 4,22 euros de cuota obrera, 2,7 euros los pone el trabajador de su prestación. De esta manera, continuando con el ejemplo, al tope de la prestación hay que restarle 2,7 euros, y de ahí, queda el dinero que cada día va a recibir el afectado por aplicarle un ERE de reducción.

Por concluir el ejemplo, si esa persona que ingresa 2.000 euros brutos, no tiene hijos, cobraría 33,54 euros por cada día de paro; si tuviera un hijo, 38,72; y si tuviera dos o más, 43,89. Así, si viera reducida su jornada un 20% en junio, le correspondería seis días de prestación, que sin hijos supondría unos 200 euros; con un hijo, 232 euros; y con más, 263.

La reducción puede variar?

Desde el Servicio Público de Empleo Estatal señalan que la empresa debe mantener durante todo el periodo de aplicación del expediente los porcentajes de reducción que ha fijado.

¿Qué sucede si un trabajador decide abrir su bolsa de paro para cobrar durante el ERE?

Los días de paro que se van consumiendo por la aplicación del ERE se cogen de la bolsa del trabajador, pero los que se vayan generando a partir de la fecha de aplicación del expediente pasarán a una segunda bolsa de paro.

¿Qué ocurre si se producen despidos tras el ERE?

Hay que tener claro que si uno es despedido tendrá que optar por una de las dos bolsas de paro, y al decantarse por una, perderá el dEREcho sobre la otra. Excepcionalmente, hay una normativa que expira el 31 de diciembre de 2013 que dice que si un trabajador es despedido tras sufrir un ERE de este tipo se le repondrá hasta 180 días de su paro consumido. Para poder optar a ese máximo de 180 días, el trabajador tendrá que solicitarlos al Inem para que este le reponga en su bolsa. Según dicen desde el SPEE, esa cantidad de días se repondrá automáticamente después de hacer la solicitud. Sin embargo, se debe dar uno de los tres casos siguientes para pedir la restitución de días: despido objetivo; presentación de un ERE de extinción o que la empresa se declare en concurso de acreedores.

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