23 de mayo de 2012
24 de mayo de 2010
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¿En qué parte del programa padre tengo que colocar las cifras, la deducciones del 15% y la seguridad social que pagué como autónomo si sólo tuve dos facturas durante los dos meses que estuve dado de alta como autónomo en 2009?
Los ingresos recibidos por su trabajo por cuenta ajena se computan como rendimientos del trabajo, mientras que los ingresos percibidos mientras estuvo dado de alta como autónomo se computan dentro del apartado rendimientos de actividades económicas.
Es en ese apartado del Programa Padre (Rendimientos de Actividades Económicas) dónde debe incluir tanto los ingresos percibidos durante 2.009 (las 2 facturas que emitió), los gastos soportados en el desarrollo de su actividad (seguridad social, gastos relacionados con el desarrollo de la actividad-material, libros...) como las retenciones que se le practicaron en su momento a la hora de emitir las facturas y los pagos a cuenta que realizó a la Agencia Tributaria.
No obstante, si el hecho de realizar por sí mismo la Declaración de la Renta le provoca muchas dudas o inconvenientes puede acudir a cualquier Delegación de la AEAT del territorio español que gustosamente le asesorarán en todo lo que necesite saber acerca de sus obligaciones fiscales e incluso le pueden realizar la Declaración de la Renta de forma gratuita solicitando cita previa.
...en asesoría
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