18 de junio de 2013
23 de febrero de 2012
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Soy autónomo y desde hace un año estoy de baja por enfermedad. Al haber pasado ya un año, el médico de cabecera no me da más partes de baja. Me comentaron que me llamarían para una inspección pero no he recibido ningún tipo de notificación. ¿Qué debería hacer?
Cuando se está percibiendo una prestación por incapacidad temporal, se produce un conflicto entre los organismos para ver quién es quien tiene que abonar su nómina y durante cuánto tiempo. Fruto de este conflicto, cuando se producen bajas prolongadas bien el medico de cabecera o bien la propia mutua, le llevan a pasar por la inspección medica cuando la baja sobrepasa una duración de 365 días (en algunos casos incluso a los 6 meses).
La situación de baja temporal puede prolongarse sólo hasta los 18 meses, de forma que cuando se alcanza dicha fecha o se le ha dado el alta forzosa o se ha considerado que sufre algún tipo de incapacidad física para trabajar (parcial, total o absoluta).
Una vez pasado el periodo de 365 días, el médico de cabecera no puede darle la baja sin la autorización del INSS o el ISM, que son los únicos competentes para reconocer la prórroga y en su caso iniciar el expediente de Incapacidad Permanente, emitir el alta, emitir nueva baja médica, etc.
Mientras tanto esto ocurre, usted debe seguir percibiendo su nomina, por lo que para poder agilizar la situación deberá dirigirse a su mutua, quienes serán los primeros interesados en saber cómo está y como se resuelve su situación y que esta se resuelva cuanto antes, pudiendo pedir ellos cita directa con el servicio de valoración del INSS.
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