30 de mayo de 2012
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¿Puedo contabilizar como gasto una factura emitida en otro país?
Soy autónomo y trabajo con recargo de equivalencia del 4%, tengo oportunidad de realizar un trabajo para una promotora que factura el IVA al 8%, ¿Hay alguna manera de que yo no pierda esa diferencia de dinero?
ATA NAVARRA (Asociación de Trabajadores Autónomos de Navarra)
Como autónomo, me encuentro dado de alta en el Régimen de Recargo de Equivalencia. Mi actividad es la venta de faros para coches por Internet, teniendo un proveedor alemán. ¿Es correcta la elección del régimen o debería estar en el régimen general?
Los comerciantes minoristas no tendrán que presentar declaración-liquidación de IVA; pero tampoco podrán deducir el IVA ni el recargo de equivalencia soportado por las compras y gastos de su actividad. En esto consiste en Régimen Especial de equivalencia. Por otra parte, existen algunas actividades de comercio que pueden tributar en el régimen simplificado y bienes excluidos de este Régimen Especial.
¿Cuál es la principal ventaja y desventaja del recargo por equivalencia?
¿Qué debo hacer para dejar de formar parte de una sociedad, pero no del inmueble en el que está asentado el negocio?
UPTA-UGT Navarra (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos de Navarra)
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