(saltar al contenido)
07 de Enero de 2009


Portada > Comercio Exterior > Asesoría > General
29/11/2003 Carlos Iribarren Abogado Internacional
ver currículum
En la práctica, es habitual confundir un contrato de distribución con un contrato de agencia.
No obstante, ambos son distintos y tienen regulaciones y características diferenciadas. En los contratos de distribución, el distribuidor es una persona física o una empresa que compra y adquiere los productos del fabricante, para luego revenderlos en el territorio asignado. Su ganancia es la diferencia entre el precio de compra al fabricante y el precio de reventa al destinatario final en el territorio. En los contratos de agencia, el agente (también persona física o empresa) puede llevar a cabo dos actividades:| ir al listado | formular consulta | versión para imprimir |
|© Copyright, Centro Europeo de Empresas e Innovación de Navarra. Aviso Legal