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07 de Enero de 2009


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24/10/2005 Carlos Iribarren Abogado Internacional
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La ley española de agencia dispone que, en caso de conflicto, son competentes los tribunales del domicilio de agente. Esta norma es de aplicación imperativa y las partes no podrán modificar su contenido.
Por lo tanto, si la demanda se interpone ante un juez español, éste con toda seguridad asumirá su competencia y dictará sentencia.
Ahora bien, si la demanda se interpone ante un tribunal estadounidense, es posible que el juez, en aplicación de la ley o jurisprudencia estadounidense, entienda que es competente y no admita la ley imperativa española.
Por ello, habría que conocer la ley y jurisprudencia del Estado del domicilio del Vendedor Principal estadounidense, para determinar qué señala sobre la competencia.
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