Documentación > Guía del Exportador

Incoterms

01/04/2003

Los Incoterms son unas reglas de comercio recogidas por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) a las que las empresas que realizan compraventas internacionales se someten para regular las condiciones de entrega de las mercancías.

Los Incoterms regulan la entrega de las mercancías, la transmisión de riesgos, la distribución de costes y la tramitación de documentos, pero no la forma de pago ni la legislación aplicable.

Cámara Navarra de Comercio e Industria

Características de los Incoterms

EXW
El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor
FCA
El vendedor entrega la mercancía despachada para la exportación al transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido
FAS
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es colocada al costado del buque de embarque convenido
FOB
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque del puerto de embarque convenido
CFR
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque del puerto de embarque convenido. El vendedor debe pagar los costes y el flete hasta el puerto de destino, pero los riesgos de pérdida se transmiten del vendedor al comprador una vez hecha la entrega
CIF
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque del puerto de embarque convenido. El vendedor debe pagar los costes, el seguro y el flete hasta el puerto de destino, pero los riesgos de pérdida se transmiten del vendedor al comprador una vez hecha la entrega
CPT
El vendedor realiza la entrega de la mercancia cuando la pone a disposición del transportista designado por él, pero además debe pagar los costes del transporte hasta el lugar convenido
CIP
El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él, pero además debe pagar los costes del transporte hasta el lugar convenido, así como el seguro contra el riesgo de pérdida
DAF
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador sobre los medios de transporte utilizados y no descargados en el punto y lugar de la frontera convenidos, despachada de exportación
DES
El vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador a bordo del buque en el puerto de destino convenido
DEQ
El vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en el muelle del puerto de destino convenido
DDU
El vendedor entrega la mercancía cuando la pone a disposición del comprador no despachada de aduana para la importación y no descarga de los medios de transporte en el lugar de destino convenido
DDP
El vendedor entrega la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el medio de transporte sin descargar en el lugar de destino convenido, despachada la importación

Entrega Internacional

Cualquier modo de transporte
Grupo E EXW En fábrica (...lugar convenido)
Grupo C FCA Franco transportista (...lugar convenido)
CPT Transporte pagado hasta (...lugar convenido)
CIP Transporte y seguros pagados hasta (...lugar de destino convenido)
Grupo D DAF Entrega en frontera (...lugar convenido)
DDU Entrega derechos no pagados (...lugar de destino convenido)
DDP Entrega derechos pagados (...lugar de destino convenido)
Transporte marítimo y fluvial (sólo)
Grupo F FAS Franco al costado del buque (...puerto de carga convenido)
FOB Franco a bordo (...puerto de carga convenido)
Grupo C CFR Coste y flete (...puerto de destino convenido)
CIF Coste, seguro y flete (...puerto de destino convenido)
Grupo D DES Entregado sobre buque (...puerto de destino convenido)
DEQ Entregado en muelle (...puerto de destino convenido)

Modificaciones más importantes en la nueva reglamentación

[CCI INCOTERMS 2000 RESPECTO A LA VERSIÓN 1990]

FAS
Mercancía entregada franco al costado del buque. El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es colocada al costado del buque puerto de embarque convenido. El actual término FAS exige al vendedor despachar la mercancía en aduana para la exportación.
DEQ
Mercancía entregada en el muelle El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador, sin despachar de aduana para la importación, en el muelle del puerto de destino convenido. El actual término DEQ exige del comprador el despacho aduanero de la mercancía para la importación y el pago de todos los trámites, derechos, impuestos y demás cargas.

Ir al listado de Documentación

Ir a la Guía del Exportador

Formación Cursos y eventos

Marzo 2010

l m x j v s d
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031    

< Febrero | Abril >




Legislación y medio ambiente

Legislación y medio ambiente

En la página web de NAMAINSA tiene a su disposición toda la información actualizada sobre la normativa de medio ambiente a nivel comunitario, estatal y foral.


¿Qué es el "KAIZEN"?

¿Qué es el

Una filosofía que expresa la idea de mejora constante en todos los ámbitos de la vida para la Mejora tus competencias profesionales y personales con las 5S


Alternativas a la prohibición

Alternativas a la prohibición

¿No serían más apropiadas medidas dirigidas a reducir el consumo -no el consumo en ciertos lugares- y/o la producción de tabaco? Tiene algunas propuestas en el artículo Espacios sin humo



¿Es usted autónomo? Visite Portal autonomos de Navarra