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La capitalización del desempleo

Si una persona en paro y con derecho al cobro de la prestación por desempleo se plantea crear una empresa, tiene la posibilidad de recibir una parte del total de la cuantía que le corresponde. Esto es la "capitalización del desempleo". ¿Quiere saber cómo funciona?

04/10/2004 CEIN

Esta opción de "capitalizar" el desempleo permite a aquellas personas que ya están percibiendo el paro o a punto de ello cobrar inicialmente hasta un máximo del 20% del total de la cuantía que les corresponda mientras que el 80% restante se descuenta de las cuotas mensuales de al Seguridad Social.

En el caso de las personas dadas de alta en el Régimen Especial de Autónomos, la capitalización del desempleo se debe destinar a realizar inversiones o compensar las cuotas de autónomos de la Seguridad Social. Por otro lado, aquellas que vayan a incorporarse como socias trabajadoras a cooperativas o sociedades laborales, deberán destinar la capitalización del desempleo a la aportación obligatoria que deben realizar a la sociedad para acceder como socias.

En Navarra, durante el primer trimestre del año un total de 512 parados se han acogido a la modalidad de pago único de la prestación contributiva para establecerse como autónomos, según los últimos datos publicados por la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA).

Estos datos no dejan de ser "sorprendentes", tal y como los ha calificado la propia Federación, si se tiene en cuenta que en el transcurso de todo 2003 el número de desempleados que optaron por esta modalidad alcanzó en la Comunidad Foral la cifra de 373 y en todo el Estado sumó las 31.119. Es de esperar, por lo tanto, que a finales del presente ejercicio el número de nuevos trabajadores autónomos rebase ampliamente esta cantidad.

Sin embargo, la Comunidad Foral se sitúa en la cola de la lista de comunidades autónomas que han registrado un menor número de capitalizaciones, sólo por delante de Cantabria (420), La Rioja (176), Ceuta y Melilla (16). En el polo opuesto se encuentran Cataluña (5.017), Madrid (3.623) y Andalucía (3.075) como las comunidades donde mayor número de desempleados usaron esta vía para establecerse por cuenta propia.

La modalidad del pago único nació en 1985, aunque se suspendió hasta 1999, año en el que el Gobierno la recuperó pero sólo para minusválidos. En 2002 se volvió a instaurar con carácter general a raíz de la reforma del desempleo.

Para solicitar la capitalización hay que presentar en el INEM una memoria de la inversión y las facturas proforma de esa inversión que se va a realizar. Dicha solicitud debe realizarse antes de darse de alta en el Régimen Especial de Autónomos. Por su parte los trabajadores que se incorporan a una Cooperativa o Sociedad Laboral deben justificar su ingreso en la misma y acompañar su petición con el proyecto de Estatutos de la sociedad si es de nueva creación.

Requisitos de los solicitantes

Además, los requisitos que deben cumplir los solicitantes son:

  • No haber hecho uso del derecho al pago único en los 4 años inmediatamente anteriores a la solicitud de la prestación de una sola vez.
  • Tener pendiente de recibir un numero de mensualidades iguales o superiores a tres.
  • Si se percibe la prestación por desempleo en esta modalidad, no se podrá volver a percibir prestaciones por desempleo hasta que no transcurra un tiempo igual al que se permitió la capitalización.
  • Una vez percibido el pago único, deberá iniciarse la actividad en un plazo máximo de un mes.
  • A partir de ese momento, el importe restante se cobra con el sistema de recuperación de cuotas. Trimestralmente, una vez abonadas las cuotas de autónomos a la Seguridad Social de ese periodo, se presentan al INEM los justificantes de pago de estas cuotas de los últimos 3 meses, y el INEM le abonará esas cantidades en su cuenta corriente, y así sucesivamente hasta agotar la cantidad de desempleo que tenía asignada.

En el caso concreto de profesionales que no tengan que estar encuadrados en el Régimen de la Seguridad Social y que tengan cubierta la asistencia sanitaria a través de un Colegio Profesional, podrán acceder al 20% del importe total para destinar a la inversión pero no podrán cobrar el resto vía recuperación de cuotas.

Por otro lado, las personas que hayan solicitado la capitalización del desempleo y que además cumplan uno de los dos requisitos indicados a continuación, tienen la posibilidad de cobrar una subvención de 3.005 euros:

  • Ser menor de 25 años, estar en situación de desempleo e inscrito en el SNE.
  • Ser mayor de 25 años , estar en situación de desempleo e inscrito en el Federación Nacional de Trabajadores Autónomos con al menos un año de antelación.

El plazo para solicitar esta subvención es de 3 meses desde la fecha de creación del autoempleo. En todo caso, si la persona causa baja durante esos 3 meses la subvención será de 60 euros.

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