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02 de Diciembre de 2008


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En estos momentos hay más de tres millones de "empresarios individuales" que han optado por la independencia laboral.
16/04/2007 consumer.es
La cantidad de españoles que decide prescindir de su jefe para independizarse y organizar su propia empresa está en pleno crecimiento. De acuerdo con las últimas estadísticas oficiales, hay más de tres millones de trabajadores autónomos y se prevé que esta cifra aumente cuando entre en vigor la futura Ley de Autónomos. Según el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en enero pasado se registraron unas 2.400 altas. Como en otros campos de la vida laboral, el sector masculino que toma la decisión de trabajar por cuenta propia es superior al femenino. Del total de autónomos registrados, más de dos millones son hombres, mientras que las mujeres no alcanzan el millón.
Los trámites necesarios que se requieren para hacerse autónomo no son sencillos; resulta imprescindible conocer en profundidad la normativa y los pasos fiscales a seguir, y para quien no esté acostumbrado a "este papeleo" -la inmensa mayoría- puede causar una importante pérdida de tiempo y de nervios, al verse obligado a cambiar constantemente de ventanilla, cuando no de edificio y a presentar una y otra vez los mismos documentos. Para evitar estos altercados es importante conocer el significado de la palabra autónomo y las consecuencias que esto implica:
Los requisitos legales con que deben cumplir aquellos aspirantes a autónomos, son las siguientes:
El mayor dolor de cabeza para los trabajadores que optan por ser autónomos está relacionado con las cuotas mensuales a pagar y el significado de cada desembolso.
Así, los trabajadores independientes cotizan por medio de una cuota que no depende del volumen de ingresos, sino de la base de cotización elegida por el autónomo. La cuota también depende de las coberturas que se han contratado: únicamente por contingencias comunes o profesionales. Hay una base mínima de cotización de unos 800 euros y una máxima de casi 3.000 euros, sobre las cuales el autónomo debe abonar un 26,5% o un 29,8%, dependiendo de si ha elegido que le cubra la incapacidad temporal o no. El pago de las cuotas es mensual y la cotización otorga el derecho a percibir una prestación por incapacidad, por baja maternal y jubilación.
Por otra parte, se debe conocer el concepto de dos impuestos fundamentales: el IRPF y el IVA, los cuales se abonan trimestralmente:
Esta normativa, que se prevé que comience a regir en breve, es uno de los proyectos de ley más importantes de los últimos tiempos sobre la regularización del trabajo por cuenta propia. Uno de los puntos más importantes que recoge el estatuto es el reconocimiento de los "falsos autónomos", personas que trabajan para un único cliente del que obtienen el 75% de sus ingresos. En estos casos, la Ley establece la obligación de firmar un contrato para regularizar esta situación y otorga seguridad y garantías a los trabajadores económicamente dependientes y a las empresas que los contratan.
Otro aspecto positivo de esta normativa es la mejora de las prestaciones, porque propone extender a todos los autónomos la protección social por incapacidad temporal y, en el caso de los trabajadores autónomos económicamente dependientes, también la cobertura por accidentes de trabajo o enfermedad.
Información facilitada por: http://www.consumer.es/ - revista-consumer.es
Artículo en la web de Consumer: "Trámites necesarios para ser autónomo"
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