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02 de Diciembre de 2008


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06/06/2007 M.M Consulting Financiero
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Una sociedad irregular no es considerada sociedad mercantil, por lo que no le es de aplicación la legislación mercantil, es decir, la tributación por impuesto sobre sociedades. Por tanto, les es de aplicación la tributación por IRPF, mediante la atribución de rentas, en el capítulo de Rendimientos de actividades empresariales o profesionales, es decir, en vuestro caso, al ser dos socios, el resultado de vuestra sociedad a final de ejercicio se imputará al 50% en vuestros respectivos impuestos sobre la renta, en el capítulo de rendimientos de actividades empresariales o profesionales.
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