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02 de Diciembre de 2008


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El Reglamento Comunitario 3820/1985, regulador de los tiempos de descanso y conducción en el sector de los transportes por carretera.
01/07/2003 Servicio de Transportes del Gobierno de Navarra
Este reglamento se aplicará a todos los conductores que: Realicen transporte público o privado por carretera. Sean españoles o extranjeros. Realicen transporte nacional o internacional dentro del territorio de la Unión Europea. Transporten carga o circulen en vacío. Circulen con vehículos de más de 3,5 Tm. de Peso Máximo Autorizado o de más de 9 plazas, incluido el conductor. Definiciones y excepciones| ir a nociones básicas | recomiende este contenido | acceso a asesoría | versión para imprimir |
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