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02. Asesoría

Concursos públicos

Demanda a la Administración

Pertenezco a una empresa de servicios que resultó adjudicataria en un concurso hace dos años. Aún no se nos ha abonado el precio establecido a pesar de habernos adecuado al contrato. ¿Podemos demandar a la Administración por falta de pago?

17/10/2006 Maninvest
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La posibilidad de demandar a la Administración existe pero se trata de una relación entre un organismo público y una persona jurídica privada lo cual difiere de los procedimientos normales entre particulares, dado que la Administración goza de una serie de prerrogativas.
En primer lugar, la Administración verá si realmente la empresa se ha adecuado a las estipulaciones establecidas en el contrato pudiendo considerar que no ha sido así y no abonar el precio. Por otra parte, la Administración podrá interpretar unilateralmente el contrato, cambiar cláusulas o modificarlo por razones de interés público, de tal forma que la empresa tendrá que acatar la decisión que áquella tome. Una vez que la Administración haya hecho uso de estas prerrogativas, no quedando satisfecha la empresa con su decisión, ésta puede demandarla por haber tomado una decisión contraria al ordenamiento jurídico o al interés público.

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