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03 de Diciembre de 2008


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13/10/2005 Javier Cordero
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Sorprende que se exija experiencia en el Concurso Público de Suministro que cita. Según Informe 13/98 de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre el particular concluye: que según se desprende de las Directivas comunitarias sobre contratación pública y de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la experiencia es requisito que puede justificar la solvencia del empresario en la fase de verificación de su aptitud, pero no puede utilizarse como criterio de adjudicación del concurso incluido entre los enumerados en el Artículo 87 de la citada Ley.
En caso de que no haya finalizado el plazo para la presentación de ofertas, le aconsejo que presente recurso ante el Órgano de Contratación. Con toda seguridad se ampliarán los plazos y se confeccionará un nuevo Pliego de Cláusulas Administrativas eliminando la experiencia dentro de los Criterios Objetivos de Valoración.
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