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08 de Enero de 2009

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01. Documentación

Informes

Ayudas a las empresas industriales

El 8 de junio se publicaron en el BON las Órdenes Forales que regulan las ayudas a la inversión en empresas industriales y sustituyen las existentes hasta el año 2006, conocidas como Ayudas a la Inversión y el Empleo.

23/07/2007 Cámara Navarra de Comercio e Industria

A la hora de optar a las ayudas se distinguen claramente dos zonas:

  1. Zonas de Navarra incluidas en el mapa de ayudas regionales de manera permanente o en fase de supresión gradual, a las que pueden acceder pymes y grandes empresas
  2. Zonas de Navarra excluidas en el mapa de ayudas regionales: a estas ayudas sólo pueden acceder pymes.

 

El periodo de vigencia de las ayudas depende de la zona en la que radique la industria; así, las ubicadas en zonas incluidas en el mapa de ayudas regionales podrán acceder a las mismas durante el periodo 2008-2013, mientras que el resto podrá hacerlo sólo durante el periodo 2007-2008. Para ver la relación de localidades incluidas en una u otra zona se puede consultar la sección de ayudas de la web de la Cámara.

Beneficiarios de las ayudas

Únicamente pueden acceder a estas ayudas empresas radicadas en Navarra pertenecientes a alguno de los siguientes sectores:

  • Industrias exactivas y manufactureras encuadradas en los sectores C y D del CNAE 93, con excepción de las industrias agroalimentarias.
  • Aprovechamiento de fuentes de energía renovables que así determine el departamento competente en materia de industria.
  • Actividades de logística para empresas industriales realizadas por las empresas dedicadas a la organización del transporte incluidas en el epígrafe 63400 del CNAE.
  • Edición de programas informáticos y actividades de consultoría y suministro de programas informáticos comprendidos en los epígrafes del CNAE 72210 y 72220.
  • Ingeniería, cartografía y topografía incluidos en el epígrafe 74202 y 74203
  • Realización de pruebas de resistencia de materiales incluidos en el epígrafe 74302.
  • Actividades referentes al diseño gráfico incluidas en el epígrafe 74841.

 

Inversiones acogibles

Los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales relativos a:

  • Implantación de una nueva empresa.
  • Ampliación de un establecimiento existente.
  • Diversificación de la producción de un establecimiento para atender a mercados de productos nuevos y adicionales.
  • Una transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente.
  • Adquisición de los activos directamente vinculados a un establecimiento, siempre y cuando éste haya sido clausurado o lo hubiera sido de no haber sido adquirido, y el comprador sea un inversor independiente.

 

Son activos materiales los relativos a los terrenos, edificios afectos a la actividad productiva, instalaciones y maquinaria, vehículos de transporte interior y otras inversiones necesarias.
Son activos inmateriales los relativos a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados.
Los activos adquiridos deben ser nuevos, salvo en el caso de adquisición de activos de establecimientos cerrados, siempre y cuando no hubiesen sido subvencionados anteriormente.
La adquisición de activos mediante leasing será subvencionable siempre que desde el inicio del contrato se abone el IVA de toda la operación por adelantado y además figure en el contrato el compromiso firme de adquirir el activo al finalizar el mismo.

Cuantía

Las ayudas pueden consistir en:

  1. Subvención directa sobre la inversión (%)
  2. Bonificación de intereses de préstamos o arrendamiento financiero, hasta un límite máximo de 5 puntos o de la totalidad de los puntos de interés si fuera menor. En este caso, si la empresa está en zona incluida en el mapa de ayudas, la bonificación de intereses es la siguiente:
    • Microempresas y pequeñas empresas: 5 puntos de interés
    • Medianas: 3,75 puntos
    • Grandes: 2,5 puntos
    Si, por el contrario, se trata de una empresa que esté excluida del mapa de ayudas, los porcentajes de bonificación serán:
    • Microempresas y pequeñas empresas: 3,75 puntos
    • Medianas: 2,5 puntos
    A esta modalidad de ayuda sólo podrán acogerse los proyectos cuyas inversiones cumplan los siguientes límites:
    • microempresas: inversión mínima: 30.000; inversión máxima: 60.000
    • pequeñas empresas: inversión mínima: 150.000; máxima: 300.000
    • medianas empresas: inversión mínima: 750.000; máxima: 1.500.000
    • grandes empresas: inversión mínima: 1.500.000; máxima: 3.000.000.

 

Subvención directa sobre la inversión

Para la obtención de ayuda de la subvención directa sobre la inversión, las inversiones máximas y mínimas de las empresas serán las siguientes:

  1. Empresas radicadas en zonas no excluidas del mapa de ayudas o en periodo de supresión: microempresas (inversión mínima, 60.000); pequeñas empresas (300.000); medianas empresas (1.000.000); grandes empresas (3.000.000).
  2. Empresas radicadas en zonas excluidas del mapa de ayudas: microempresas (inversión mínima, 60.000); pequeñas empresas (300.000); medianas empresas (1.500.000)

 

Criterios para determinar el porcentaje de ayudas

  1. Volumen relativo a la inversión acogible. En función de este criterio se determina el porcentaje de subvención básica que, para las zonas no excluidas, es: microempresas (inversión mínima, 60.000, 15%); pequeñas empresas (inversión mínima, 300.000, 15%); medianas (1.500.000, 10%); grandes (3.000.000, 5%).
    Para las zonas excluidas es: microempresas (60.000, 10%); pequeñas (300.000, 10%), medianas (1.500.000, 4,5%)
  2. Pertenencia de la empresa a un sector prioritario:
    • Fabricación de bienes de equipo
    • Energía renovable: fabricación de aerogeneradores, captadores solares y biocombustibles. Se incluyen también las empresas cuya actividad principal sea la preparación y transformación de productos para el aprovechamiento de la biomasa, la fabricación y suministro de componentes para las anteriores actividades, así como las dedicadas a la instalación, conservación, reparación y mantenimiento de instalaciones para el aprovechamiento de fuentes de energías renovables.
    • Biomedicina
    • Automoción
    • Servicios de valor: ingeniería, cartografía y topografía, ensayos y análisis técnicos, diseño gráfico
    • Edición de programas informáticos
    • Actividades de logística realizadas por empresas dedicadas a la organización del transporte
      En estos casos el incremento sobre la subvención básica será de 9% en las microempresas y pequeñas empresas, de 6% en las medianas y de 3% en las grandes.
  3. Mantenimiento o generación de empleo estable como consecuencia directa del proyecto de inversión.
    • Empresas de la zona incluida en el mapa de ayudas. Las microempresas incrementarán un 1% por cada nuevo puesto de trabajo creado, con un máximo de 6 puntos; en las pequeñas empresas: si mantienen los puestos de trabajo el porcentaje se incrementa en un punto y si se crean nuevos puestos 1 punto por cada dos puestos nuevos hasta un máximo de 6; Empresas medianas: 1% si se mantienen los puestos y 1 punto por cada tres puestos nuevos haya un máximo de 4 puntos; Grandes empresas: 1% si mantiene puestos. Si generan un incremento de plantilla de al menos un 10%, los puntos adicionales serán 2.
    • Empresas excluidas del mapa de ayudas. Microempresas: el porcentaje de subvención básica se incrementará en 1 punto por cada nuevo puesto de trabajo creado, con un máximo de 2 puntos. Empresas pequeñas: si se mantienen los puestos de trabajo, el porcentaje de subvención básica se incrementa en 1 punto, y si se crean nuevos puestos de trabajo, el incremento será de 1 punto adicional. Empresas medianas: si se crean nuevos puestos de trabajo, el porcentaje de subvención básica se incrementa en 1,5 puntos, y si se mantienen los puestos de trabajo lo hace en 0,5.

 

Las ayudas deben solicitarse antes de realizar las inversiones.
Sección de Ayudas a la inversión.
Tfno: 848.42.76.62.
E-mail: servicio.promoción.industrial@cfnavarra.es

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