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08 de Enero de 2009


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El Real Decreto 1413/2005 amplía las posibilidades de capitalización del desempleo.
07/02/2006 Cámara Navarra de Comercio e Industria
La posibilidad de cobrar la prestación por desempleo en su modalidad de pago único ha quedado modificada por el Real Decreto 1413/2005 (BOE de 15 de diciembre de 2005). Las reformas introducidas se concretan en la ampliación de 12 a 24 meses del plazo máximo de vínculo contractual previo con la cooperativa o sociedad laboral a la que se pretende incorporar de forma estable el beneficiario. Por otra parte, se mantiene la posibilidad de que queden subvencionadas las cotizaciones del trabajador a la Seguridad Social con cargo a la prestación por desempleo, si bien el abono se producirá mensualmente, y ya no de manera trimestral.
Por último, quienes vayan a establecerse como autónomos y no tengan minusvalía también podrán solicitar el abono de la prestación en su modalidad de pago único, si bien como máximo se les abonará el 40% del importe de la prestación por desempleo pendiente de recibir, para realizar aquellas inversiones necesarias para desarrollar la actividad, incluido el importe de las cargas tributarias requeridas para su inicio.
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