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01. Documentación

Artículos

Riesgos en la maternidad

Proteger la maternidad implica proteger a la mujer trabajadora, pero también al hijo o hija que espera.

29/04/2004 CEIN

Un ambiente laboral no saludable o un trabajo que conlleve esfuerzos inadecuados o desproporcionados puede afectar de forma muy negativa a la salud. Y un ambiente laboral nocivo para la salud puede ejercer también una influencia perjudicial sobre la función reproductora de los trabajadores y las trabajadoras.

La ley de prevención de riesgos laborales hace especial referencia a la obligación del empresariado de tener en cuenta en las evaluaciones los factores de riesgo que puedan incidir en la función de procreación de los trabajadores y trabajadoras, y también se detiene en la seguridad y la salud de las trabajadoras embarazadas y del feto y en el período de lactancia.

Los expertos coinciden en que los cambios que se producen en el funcionamiento del organismo de la mujer durante el embarazo hacen que determinadas características del puesto de trabajo puedan adquirir un mayor riesgo para la salud de la trabajadora.

Evidentes cambios físicos hacen que la sensibilidad de las trabajadoras embarazadas hacia ciertos factores de riesgo se pueda ver incrementada. Por ejemplo, el aumento de la frecuencia cardiaca y del consumo de oxígeno, hacen que disminuya la resistencia al esfuerzo físico.

También aumenta la frecuencia respiratoria y, por tanto, la inhalación de eventuales tóxicos ambientales. Lógicamente, el aumento de peso hace que también se vea incrementada la carga sobre la columna vertebral y la curvatura lumbar, que pueden dar lugar a ciatalgias y lumbalgias. El riesgo de caídas y de sufrir otros pequeños accidentes al perder la estabilidad también aumenta.

Pero además, cuando los factores de riesgo inciden en la trabajadora embarazada se pueden producir efectos dañinos en la gestación: embriones inviables, abortos espontáneos, malformaciones, partos prematuros, crecimiento tardío, etc.. Estos daños dependen, en gran medida, de cuándo se produzcan. Así, en los tres primeros mes de gestación se forman los órganos del embrión y, por eso, es el momento de mayor sensibilidad a la mayoría de los factores de riesgo.

La aplicación de la ley siempre ha de ser rigurosa. Pero además, en este ámbito, el sentido común debe estar siempre presente. Es preciso evitar someter a una trabajadora embarazada a tensiones físicas y psicológicas y respetar, durante la jornada laboral, periodos de descanso adecuados. Además, es necesario adecuar el puesto de trabajo de la mujer embarazada a su estado y cambiarlo si puede llegar a ser peligroso.

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