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10 de Enero de 2009


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Dicen las estadísticas que en España hay nueve accidentes mortales por cada 100.000 trabajadores, mientras la media europea se sitúa tan sólo en cinco. En 2003 se produjeron en nuestro país 896.000 accidentes con baja frente a los 949.000 del año anterior.
11/11/2004 Confederación de Empresarios de Navarra
A pesar de la notable reducción, los datos sobre accidentabilidad laboral hablan por sí solos. Actuar decididamente sobre ésta situación, que no dudo en calificar de grave, constituye una necesidad y una obligación por parte de todos los implicados: administración (con una legislación realista y eficaz), empresarios (aplicando la norma) y trabajadores (utilizando los elementos de seguridad). Indudablemente, desde CEN apoyamos totalmente los objetivos generales que se persiguen con la legislación vigente, y especialmente con la ultima reforma legal planteada: combatir la siniestralidad, fomentar la cultura de prevención de riesgos laborales, integrar los sistemas de prevención en los sistemas de gestión de la empresa o mejorar el cumplimiento de la normativa, entre otras medidas.
Todos estos principios son compartidos por la clase empresarial. En base a ello, propugnamos que nuestras empresas den a la prevención de riesgos laborales un tratamiento similar al que en su momento dieron a la incorporación de la calidad a las empresas, de tal forma que el prevencionismo quede integrado en la propia esencia de la actividad empresarial, tal y como en los tiempos actuales lo está la calidad.
No obstante, desde las organizaciones empresariales, y sin discutir la necesidad de abordar de forma sustantiva la legislación en materia de riesgos laborales -cosa que no se había hecho desde la publicación de la LPRL en 1995- no podemos menos que mostrarnos en desacuerdo con varios aspectos de la reciente reforma ya que ésta, en nuestra opinión y en términos generales, no aborda el auténtico fondo del problema. Se insiste en las medidas represivas, apostando nuevamente por la línea de sancionar al empresario, cuando lo que hay que hacer es mejorar la prevención, la formación y la sensibilidad de todos frente al accidente.
En este sentido, la normativa se ha desarrollado exhaustivamente en cuanto a las responsabilidades del empresario, siendo así que los expertos asignan el 80 por ciento de los accidentes al factor humano. En muchos casos, la no utilización por los trabajadores de los elementos de seguridad no es imputable al empresario, pese a lo cual se impone a éste la carga de sancionar al trabajador que incumple, remitiéndole para ello a un texto legal ajeno a la prevención, como es el Estatuto de los Trabajadores. Creemos que se ha perdido una excelente ocasión para incluir en la propia norma reguladora de la prevención un catálogo de incumplimientos de los trabajadores, graduándolos y previendo las correspondientes sanciones. Ello, sin duda, hubiera contribuido a fortalecer la toma de conciencia sobre la necesidad de cumplir TODOS con la norma.
Por otro lado, no se toma en consideración una realidad notoria: las diferentes dimensiones de empresas y sectores, lo que dificulta -y a veces hace imposible- la aplicación de la propia Ley. La LPRL está imbuida de la concepción de la Seguridad e Higiene, anclada en los riesgos del sector industrial que se producen y gestionan en la gran empresa, obviando el hecho de que el tejido productivo de nuestro país está conformado por pymes que, además, se sitúan cada vez más en los servicios. Desde un punto de vista cuantitativo, la normativa de Seguridad e Higiene viene recogida en la LPRL, incluye 18 reglamentos de desarrollo, 16 normas vigentes anteriores a la LPRL, 72 normas europeas, 16 convenios de la OIT y 82 reglamentaciones técnicas. A partir de la publicación de la Ley en 1995, se desarrollaron más de 65 reglamentos... Añadir más complejidad no resolverá nada. Muy por el contrario, favorecerá la externalización de la gestión, en contraposición a la internalización que pretende la propia reforma.
Por último, opinamos que la reforma contiene una serie de conceptos jurídicos indeterminados. Uno de ellos es el de la "integración de la prevención", principio que debe regir la acción preventiva del empresario. Habrá que reconocer que, como tal principio general, es de difícil concreción y determinación, lo cual puede dar lugar a un alto grado de arbitrariedad a la hora de sancionar. La seguridad jurídica exige que aquellas infracciones que sean calificadas como graves estén perfectamente tipificadas.
Al margen de éstos aspectos negativos, desde la CEN apostamos por un cambio de cultura en materia de prevención. Para ello, debemos acabar con la falsa idea de que son siempre las empresas quienes incumplen. La prevención es un deber tanto de los empresarios como de los trabajadores. Para crear conciencia de la autentica dimensión de la responsabilidad de todos, las empresas se verán obligadas a tomar medidas tales como hacer uso de las facultades sancionadoras que le confiere la vigente legislación frente a los incumplidores. La empresa es una organización compuesta por personas que, analizadas desde un punto de vista preventivo, están poniendo en riesgo su bien más preciado: la salud. En consecuencia, dentro de la actuación preventiva, a diferencia de otras actuaciones técnicas de la empresa, existe un componente humano muy importante que no puede ser olvidado a la hora de compartir responsabilidades entre todos.
Por otra parte, y mirando al futuro, opino que en nuestro país tenemos un enfoque excesivamente físico de la prevención. El catálogo de enfermedades profesionales tan sólo incluye a aquellas que tienen una relación causa-efecto directa. Por el contrario, no se incluyen otras también ligadas al trabajo, como pueden serlo las ligadas a la psicosociología (cierto tipo de depresiones o estados de ansiedad, el acoso, estrés, mobbing...) y a la ergonomía entendida en sentido amplio.
Llegados a este punto, pensamos que la línea de actuación en ésta materia debe basarse en la creación y sostenimiento de una cultura de la prevención basada en la formación, la información y la participación. La prevención debe estar integrada en la gestión diaria, y debe ser entendida como un hábito de comportamiento y valor de integración social.
Dice la OIT que el 80 por ciento de los accidentes laborales son evitables. Pongámonos TODOS a ello sin dilación.
José Manuel Ayesa, presidente de CEN
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