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10 de Enero de 2009


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Ante los altos índices de siniestralidad en el sector de la construcción, son numerosos los estudios y análisis desarrollados para evaluar sus causas sin que resulte posible atribuir el origen de esta situación a una causa única, dada su complejidad. Por ello, la Ley de Subcontratación ha sido modificada.
24/04/2007 APM Prevención
Uno de los factores puede estar relacionado con la utilización de una forma de organización productiva, la subcontratación, que tiene una importante tradición en el sector, pero que ha adquirido en las últimas décadas un especial desarrollo en el mismo, también como reflejo de la externalización productiva que se da en otros sectores, aunque en éste con especial intensidad.
La subcontratación permite en muchos casos un mayor grado de especialización, de cualificación de los trabajadores y una más frecuente utilización de los medios técnicos que se emplean, lo que influye positivamente en la inversión en nueva tecnología. Además, esta forma de organización facilita la participación de las pequeñas y medianas empresas en la actividad de la construcción, lo que contribuye a la creación de empleo.
Sin embargo, el exceso en las cadenas de subcontratación ocasiona la participación de empresas sin una mínima estructura organizativa que permita garantizar que se hallan en condiciones de hacer frente a sus obligaciones de protección de la salud y la seguridad de los trabajadores, de tal forma que su participación en el encadenamiento sucesivo e injustificado de subcontrataciones opera en menoscabo de los márgenes empresariales y de la calidad de los servicios proporcionados de forma progresiva hasta el punto de que, en los últimos eslabones de la cadena, tales márgenes son prácticamente inexistentes, favoreciendo el trabajo sumergido. Es por ello por lo que los indicados excesos de subcontratación pueden facilitar la aparición de prácticas incompatibles con la seguridad y salud en el trabajo.
Reconociendo esa realidad, la presente Ley aborda por primera vez, y de forma estrictamente sectorial, una regulación del régimen jurídico de la subcontratación que establece una serie de garantías dirigidas a evitar que la falta de control en esta forma de organización productiva ocasione situaciones objetivas de riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.
Las principales novedades de la ley son:
En definitiva, la presente Ley tiene por objeto mejorar las condiciones de trabajo del sector en general, y las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores del mismo en particular.
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