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Artículos

La seguridad de la firma digital

Todo negocio o administración puede hacer transacciones en la red con confidencialidad gracias a la firma digital. La seguridad está garantizada por medio de la “encriptación asimétrica”, un sistema de codificación prácticamente infalible.

15/10/2003 CEIN

Los negocios en crecimiento están acudiendo cada vez más a menudo a Internet para explotar las amplias posibilidades de este medio. Así, el comercio electrónico y las reservas “on line”, entre otras, son ya prácticas habituales de las empresas más innovadoras, que establecen así relaciones profesionales y comerciales con personas o entidades que no conocen directamente. Por su parte, las administraciones públicas son cada vez más conscientes de la cantidad de burocracia que podría agilizarse vía Internet.

Sin embargo, la aparente falta de seguridad de la red frena el crecimiento de la utilización profesional de Internet. Gran parte de las y los internautas, por ejemplo, se muestran reticentes a dar “on line” sus datos personales y bancarios. Al mismo tiempo, la falta de confidencialidad lleva a que las tramitaciones se prefieran realizar cara a cara, y no en un medio en el que cualquiera de las partes no se pueda identificar fácilmente. En definitiva, se necesita un instrumento que dé credibilidad, seguridad y compromiso a los negocios electrónicos.

Nacen así las firmas digitales que, al igual que las manuscritas, permiten identificar de forma fiable a la persona emisora. Además, permiten proteger la información contra posibles manipulaciones, y verificar de este modo que lo que llega pertenece realmente a quien lo ha firmado. La firma digital, pues, es fundamental para que cualquier acuerdo “on line” (compras, contratos, etc.) se lleve a cabo con la máxima seguridad.

La metodología en la que se basan las firmas digitales se conoce como “encriptación asimétrica”. Gracias a ella, los mensajes son codificados en complicadísimos algoritmos matemáticos que garantizan la seguridad de las firmas digitales y que vinculan a la persona autora de la información con los datos enviados.

Quien posee una firma digital tiene, en realidad, dos claves:
- Privada: exclusiva de la persona o empresa propietaria, mediante la cual encripta y firma sus mensajes.
- Pública: que puede ser conocida abiertamente; es utilizada por quien la recibe para descodificar la información y comprobar que no ha sido modificada.

Así, para firmar digitalmente un documento, se usa la clave privada y la persona destinataria abre el mensaje con su clave pública, comprobando que realmente esa información pertenece a quien la ha firmado.

En estos acuerdos/contratos realizados a través de Internet es necesario también un ente intermediario, una tercera parte de confianza que acredite que la firma pertenece realmente a quien la ha mandado y que garantice la autoría de las informaciones remitidas.

En España se encarga de esta labor la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). Esta entidad ejerce de Autoridad de Certificación pero no en exclusiva, ya que hay empresas privadas que se encargan igualmente de esto, como Pizca y Safelayer, entre otras. Su labor consiste en validar una firma emitiendo certificados digitales, que vinculan una persona física o jurídica con una clave pública, ligada a su vez a una clave privada.

El Consejo de Ministros ha remitido al Congreso el Proyecto de Ley de Firma Electrónica que, una vez aprobado, derogará la actual norma que regula esta materia, el Real Decreto-Ley 14/99, de 17 de septiembre, actualmente en vigor.

Entre las novedades que introduce con respecto al anterior texto, este Proyecto de Ley contempla la emisión a personas jurídicas de certificados, que se podrán utilizar para realizar pedidos o emitir facturas vía Internet, la realización de trámites “on line” con la Administración y la formalización de registros electrónicos de patentes o marcas en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

Además, establece las bases para la regulación del Documento Nacional de Identidad electrónico, que posibilitará la identificación de las y los ciudadanos a la hora de firmar documentos de forma telemática.

Muchos entes, públicos y privados, se pueden beneficiar la firma digital. Gracias a ella, las empresas pueden competir en un gran mercado, Internet, al que la clientela acude cada vez más asiduamente. Y muchas más posibilidades están en camino.

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