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La presentación telemática se realiza en un entorno seguro para el que es necesario obtener e instalar el certificado de identidad CERES emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF) Y PATRIMONIO
Los contribuyentes navarros pueden acceder a los datos fiscales con los que cuenta Hacienda Tributaria de Navarra sobre su renta del último año y de los anteriores.
Los contribuyentes navarros pueden conocer el resultado de la declaración de la renta para el último año según los datos fiscales de que dispone Hacienda Tributaria de Navarra. Se facilita la opción de modificar determinados conceptos y, en caso de estar de acuerdo con la declaración, puede enviarse de forma telemática.
Campaña de Renta y Patrimonio desde el día 4 de mayo hasta el 26 de junio de 2007.
Obtenga a través de Hacienda Navarra toda la información sobre la declaración del IRPF. Están obligados a presentar la declaración por los períodos impositivos correspondientes al año 2006 los sujetos pasivos que tengan su residencia habitual en Navarra u obtengan rentas sujetas a la Comunidad Foral.
Sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que ejerzan actividades empresariales o profesionales. Esta modalidad deberá ser utilizada también por los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de sus actividades empresariales o profesionales, en el año de inicio y en los siguientes. No estarán obligados a efectuar pagos a cuenta los sujetos pasivos por las actividades agrícolas, ganaderas o forestales sujetas a retención.
Sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que ejerzan actividades empresariales o profesionales. Esta modalidad no podrá ser utilizada por los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de sus actividades empresariales o profesionales, en el año de inicio y en los siguientes. No estarán obligados a efectuar pagos a cuenta los sujetos pasivos por las actividades agrícolas, ganaderas o forestales sujetas a retención.
Los obligados a retener, por las rentas que satisfagan, de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.
Los sujetos pasivos que ejerciten la opciones, renuncias y revocaciones de las mismas y comuniquen las exclusiones u otras circunstancias previstas en la normativa tributaria.
Sujetos pasivos que deban llevar los libros obligatorios, y que deseen sustituir la obligación de presentar los citados libros para su diligenciado por la comunicación de los mismos a través de la presentación de este modelo.
Las personas físicas, jurídicas y demás entidades, incluidas las Administraciones Públicas, que estando obligadas a retener o a ingresar a cuenta del IRPF, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes), satisfagan las rentas o rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta en el caso de que correspondan a la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con lo establecido en el Convenio Económico suscrito con el Estado.
Están obligados a presentar la declaración todas aquellas entidades que perciban donativos que den derecho a deducir en el IRPF, tengan la consideración de partida fiscalmente deducible en la base imponible del Impuesto de Sociedades, o den derecho a deducir en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, siempre que dichas entidades receptoras de donativos hayan expedido certificación acreditativa de la donación efectuada.
Las personas físicas, jurídicas y demás entidades, incluidas las Administraciones Públicas y las entidades en atribución de rentas, que satisfagan o abonen alguna de las rentas sujetas al IRPF (que cumplan con determinadas condiciones).
Las personas físicas, jurídicas y demás entidades, incluidas las Administraciones Públicas, que estando obligadas a retener o a ingresar a cuenta del IRPF, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes) satisfagan alguna de las rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta cuando de acuerdo con el Convenio Económico suscrito con el Estado las retenciones o ingresos a cuenta correspondan a Navarra.
Este modelo deberá ser presentado por las entidades de atribución de rentas, entre las que se incluyen las Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) que ejerzan una actividad económica o cuyas rentas excedan de 3.000 euros anuales. No obstante, no estarán obligadas las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero que obtengan rentas en territorio español sin desarrollar en el mismo una actividad económica.
Declarar e ingresar (si fuera pertinente) a Hacienda Tributaria de Navarra el IVA repercutido en las entregas de bienes o prestaciones de servicios realizadas por empresarios y profesionales en el ámbito de su actividad. La tramitación puede realizarse por vía telemática o de forma presencial.
Declaración tributaria (mensual y resumen anual) del IVA de las calificadas como grandes empresas. Para empresas cuyo volumen de operaciones en el año anterior haya superado la cifra de 6.010.121,04 euros. La tramitación se realiza obligatoriamente con firma electrónica y por vía telemática.
Los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido que realicen las operaciones que de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo), obligan a presentar la declaración intracomunitaria. La tramitación puede ser telemática o personal.
Sujetos pasivos que ejerciten la opciones, renuncias y revocaciones de las mismas y comuniquen las exclusiones u otras circunstancias previstas en la normativa tributaria. La tramitación puede ser telemática o personal.
Personas físicas y jurídicas, de naturaleza privada o pública, así como entidades sin personalidad jurídica que constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición, que desarrollen actividades empresariales o profesionales, siempre y cuando hayan realizado operaciones que, en su conjunto, respecto de otra persona o entidad, hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural al que se refiere la declaración. La tramitación puede ser telemática o personal.
Sujetos pasivos definidos en el artículo 8 de la Ley Foral 38/1992 de 28 de Diciembre, que operen con los hidrocarburos definidos en el artículo 46 de la misma, salvo los supuestos de no sujeción y de exención contemplados en la citada normativa.
Para realizar la gestión on-line es necesario solicitar certificado. La tramitación se realiza obligatoriamente por vía telemática.
Sujetos pasivos definidos en el artículo 8 de la Ley Foral 20/1992 de 30 de Diciembre, que operen con productos con un grado alcohólico volumétrico adquirido superior a 1,2% vol. e igual o inferior a 22%, clasificados con los códigos NC 2204, 2205 y 2206 y que no estén comprendidos dentro del ámbito objetivo del Impuesto sobre la Cerveza ni del Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas.
Para realizar la gestión on-line es necesario solicitar certificado. La tramitación se realiza obligatoriamente por vía telemática.
Sujetos pasivos definidos en el artículo 8 de la Ley 38/1992, que peren con cigarrillos, cigarritos, cigarros, picadura para liar y demás tabacos para fumar.
Para realizar la gestión on-line es necesario solicitar certificado. La tramitación se realiza obligatoriamente por vía telemática.
Sujetos pasivos definidos en los artículo 8 y 64 bis de la Ley Foral 38/92 de 28 de Diciembre, que operen con energía eléctrica clasificada en el código NC 2716.
Para realizar la gestión on-line es necesario solicitar certificado. La tramitación se realiza obligatoriamente por vía telemática.
Sujetos pasivos definidos en el artículo 8 de la Ley Foral 20/1992 de 30 de Diciembre que operen con:
Productos con un grado alcohólico volumétrico adquirido superior a 1,2%vol. clasificados en los códigos NC 2207 y 2208, incluso cuando dichos productos formen parte de un producto clasificado en un capítulo de nomenclatura combinada distinto del 22.
Productos clasificados en los códigos NC 2204, 2205 y 2206 con un grado alcohólico volumétrico adquirido superior al 22% vol.
El alcohol que contenga productos sólidos u otros productos vegetales en solución.
Para realizar la gestión on-line es necesario solicitar certificado. La tramitación se realiza obligatoriamente por vía telemática.
Están obligados a presentar declaración por este impuesto los sujetos pasivos definidos en el artículo 8 de la Ley Foral 20/1992 de 30 de Diciembre, que operen con cerveza clasificada en el código NC 2203 y los productos constituidos por mezclas de cerveza con bebidas alcohólicas clasificados en el código NC 2206, siempre que, en ambos casos, su grado alcohólico volumétrico adquirido sea superior a 0,5%vol.
Para realizar la gestión on-line es necesario solicitar certificado. La tramitación se realiza obligatoriamente por vía telemática.
Están obligados a presentar la declaración resumen anual las entidades aseguradoras cuando hayan realizado en el ejercicio operaciones gravadas por el Impuesto y, en calidad de sustitutos del contribuyente, los representantes fiscales de las entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo, siempre que de acuerdo en lo establecido en el Convenio Económico, corresponda a la Comunidad Foral su exacción.
Están obligados a presentar la declaración resumen anual las entidades aseguradoras cuando hayan realizado en el ejercicio operaciones gravadas por el Impuesto y, en calidad de sustitutos del contribuyente, los representantes fiscales de las entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo, siempre que de acuerdo en lo establecido en el Convenio Económico, corresponda a la Comunidad Foral su exacción.
Sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades que de acuerdo a lo establecido en el Convenio entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra deban tributar en esta última.
Sistema que permite la obtención (en formato PDF, requiere Adobe Acrobat Reader 5.0 o superior) de prácticamente todos los impresos necesarios para la Hacienda de Navarra.